La ley de «puertas giratorias» no logra frenar el trasiego de altos cargos al sector privado

Luis Díez

La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, autorizó a su subsecretario y amigo Jaime Pérez Renovales a pasar a la alta dirección del Banco Santander antes de cesar en su cargo oficial como número dos del Ministerio de la Presidencia. El de Pérez Renovales ha sido un caso paradigmático de “giratorio preventivo” con rechifla de la ley de marzo de 2015 (promovida por la vicepresidenta) que obliga a los altos cargos a abstenerse durante dos años de ocupar puestos en entidades del sector privado afectadas por decisiones en las que hayan participado. Caso también sorprendente es el “giro instantáneo” de Marta Fernández Curras, quien pasó el mismo día de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos a un gabinete jurídico privado desde el que asesora a empresarios. Cuando no ha transcurrido ni un año de la investidura de Mariano Rajoy Brey como jefe de Gobierno, con la renovada promesa de higiene democrática, se han expedido 137 permisos a altos cargos salientes para ocupar puestos privados en actividades casi siempre relacionadas con sus anteriores cometidos públicos.

Una semana antes de cesar como subsecretario de la Presidencia, Pérez Renovales ya fue nombrado secretario del consejo de administración del Santander

El caso de Pérez Renovales, actual secretario del consejo de administración del Santander, se puede considerar extraordinario porque una semana antes de cesar como subsecretario de la Presidencia ya había accedido formalmente a la entidad bancaria. Según las fechas oficiales del Portal de la Transparencia el letrado amigo y compañero de promoción de Iván Rosa, esposo de Sáenz de Santamaría, cesó el 19 de junio de 2015 aunque una semana antes, desde el 11 de junio de 2015, ya había ingresado en el mencionado banco. Las fuentes oficiales atribuyen el don de la ubicuidad entre la entidad de los Botín y La Moncloa a las portentosas dotes jurídicas del giratorio preventivo, al parecer imprescindibles para la producción de la ley sucesoria en la Jefatura del Estado. Como se recordará, la norma y el procedimiento sucesorio fue considerado “una chapuza” por juristas del propio Ejecutivo y del PP, pues olvidaron, entre otras materias, el trato y consideración del rey emérito y su esposa. La insólita compatibilidad del alto cargo de la jefatura del Gobierno y la dirección del Santander equivale por la vía de hecho al reconocimiento de la mala comunicación entre La Moncloa y La Zarzuela (Rajoy y Santamaría desconocían la decisión o la fecha de Juan Carlos I de Borbón) y a la admisión, también por la vía de hecho, de la insolvencia jurídica de Sáenz de Santamaría y el resto de su equipo.

La exsecretaria de Estado de Presupuestos, Marta Fernández Currasel mismo día de su cese en el cargo ya estaba en el gabinete jurídico E y Abogados SLP

Ya con posterioridad, Pérez Renovales recibió nueve respuestas positivas del Gobierno para ocupar presidencias y formar parte de consejos de administración de otras tantas sociedades privadas, en todos los casos relacionadas con concesiones, permisos, habilitaciones y contratos directos e indirectos con la Administración General del Estado. Los dos años de incompatibilidad fijados por la ley habrían sido para tan brillante servidor público y privado como Renovales una “mili” demasiado dura, casi tanto como para otros exaltos cargos del área económica del Gobierno. En este sentido la puerta giratoria más veloz ha correspondido a la exsecretaria de Estado de Presupuestos, Fernández Curras, quien el mismo día de su cese en el cargo, el 11 de noviembre de 2016, ya estaba haciendo lo que su segundo apellido indica en el gabinete jurídico E y Abogados SLP.

Los cesantes del área económica del Gobierno han recibido permisos para ejercer en empresas, despachos y sociedades privadas relacionadas con su área de actividad en la Administración pública. Son los casos de José María Fernández Rodríguez, director general del Tesoro hasta el 16 de diciembre pasado, quien el 23 del mismo mes ya prestaba servicio en Altamar Capital Partners; Miguel Ferre Navarrete, de secretario de Estado de Hacienda a Ernst&Young Abogados y a Burson-Marsteller; Íñigo Fernández de Mesa, de Secretario de Estado de Apoyo a la Empresa a la banca de inversiones Rothschild&Sons y Altamar Capital Partners; Ana Isabel Fernández Álvarez, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), a consejera de Mapfre Global y otros cargos en ese grupo económico y a la Fundación Banco Sabadell; Fernando Aguilar Viyuela, de la presidencia de Defensa y Exportación (DEFEX), del Ministerio de Hacienda, al Club de Técnicas de Producción y World Exhibitions; Lourdes Centeno Huerta, de la vicepresidencia de la CNMV, a Ernest&Young Abogados, y Diego Martín-Abril Calvo, de director general de Tributos a asesor en el bufete legal y fiscal de Gómez Acebo&Pombo.

Las entradas y salidas del sector privado al público de Pedro Morenés han sido constantes desde 1996, lo que le convierte en el modelo de «giratorio continuo»

Entre los giratorios inmediatos, con evidentes intereses concomitantes con sus funciones anteriores figuran los militares Rafael Comas Abad, quien pasó de ocupar la jefatura del Cuartel General Terrestre de Alta Disponibilidad, a asesorar a la empresa Suricatta Systems, fabricante de construcciones modulares, muy útiles para el despliegue en misiones internacionales, y también obtuvo el visto bueno como asesor de la empresa TRC; el general Fernando Sacristán, realizó un looping desde la jefatura del mando de apoyo logístico del Ejército del Aire, para aterrizar en las empresas Tecnobit, Bess-Beyond Soluciones y Servicios y Hornet Consulting. Otro giratorio egresado del departamento que ahora encabeza María Dolores de Cospedal es el anterior director del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial (INTA), José Manuel García Sieiro, quien pasó al servicio de Lapid Consultores. Cierto es que en Defensa el giratorio por antonomasia ha sido el exministro y ahora embajador en Washington Pedro Morenés Eulate. Sus entradas y salidas del sector privado al público y viceversa han sido constantes desde hace más de veinte años –concretamente, desde que el PP ganó las elecciones de 1996–, lo que le convierte en el arquetipo o modelo de “giratorio continuo”.

Cesantes hay en Fomento con destinos autorizados y relacionados con su anterior cometido, como es el caso de Pedro García Navarro, quien pasó del cargo de director de la Autoridad Portuaria de Huelva que ahora preside el exdiputado socialista Javier Barrero, a director de la Asociación Nacional de Empresas Estibadoras y Consignatarias. Otros altos cargos de Fomento como el exdiputado del PP José Joaquín Ripoll, presidente del Puerto de Alicante, han dejado sus puestos para ingresar en consultorías y despachos de tráfico de influencias. Las evidencias del flujo y el influjo parecen innegables en el caso de la directora general de Tráfico (Ministerio del Interior), María Segui Gómez, quien fue cesada el 22 de julio de 2016 y un mes después se convirtió en asesora de la Federación Internacional del Automóvil. Su colega exdirector general de la Guardia Civil, Arsenio López de Mesa, ha sido nombrado consejero de Red Eléctrica y figura al servicio de otras dos sociedades.

Cesar Antón Beltrán, ex director general del IMSERSO, se convirtió el mismo día de su cese en directivo de Cofares, cooperativa distribuidora de productos farmacéuticos

De “giratorio instantáneo” se puede calificar el caso del director general del IMSERSO (Ministerio de Sanidad), Cesar Antón Beltrán, un hombre que fue cesado el 25 de noviembre pasado y sin perder tiempo, el mismo día, pasó a convertirse en directivo de Cofares, la principal cooperativa de la industria farmacéutica para la distribución de sus productos en España. Luego ya, sin aparente relación con su cargo anterior, el exfiscal general del Estado Eduardo Torres Dulce pasó a ejercer como abogado en el despacho de Garrigues, y el exministro de Asuntos Exteriores y diputado del PP por Alicante José Manuel García-Margallo fichó por Cuarzo, la productora de televisión que creó Ana Rosa Quintana con un grupo de profesionales del medio en el año 2000 y en la que entró en 2009 la sociedad Banijay del empresario francés Stèphane Courbit, con el 51% del capital.

Quizá el caso más singular y revelador de la forma de aplicar la ley de cargos públicos, presentada hace dos años como el paradigma de la lucha contra la corrupción y el tráfico de influencias, sean las 23 autorizaciones al consejero de la CNMV Oriol Amat i Salas para actuar como asesor de sociedades y fondos de inversiones sin necesidad de cumplir la cuarentena establecida en la ley. Cierto es que siempre se podrá apelar al ahorro público en sueldos a los cesantes, pero ese argumento desmiente la aplicación del precepto para evitar, como se dijo, la profusión de puertas giratorias.

Permiso de jardinería

El Artículo 15 de la ley del 30 de 2015 que regula el ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado dispone que “Los altos cargos, durante los dos años siguientes a la fecha de su cese, no podrán prestar servicios en entidades privadas que hayan resultado afectadas por decisiones en las que hayan participado. La prohibición se extiende tanto a las entidades privadas afectadas como a las que pertenezcan al mismo grupo societario”.

Y añade en su segundo punto que “quienes sean alto cargo por razón de ser miembros o titulares de un órgano u organismo regulador o de supervisión, durante los dos años siguientes a su cese, no podrán prestar servicios en entidades privadas que hayan estado sujetas a su supervisión o regulación. A estos efectos, se entenderán en todo caso incluidos los altos cargos de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia y el Consejo de Seguridad Nuclear”.

El precepto afina en su punto tercero: “Se entiende que un alto cargo participa en la adopción de una decisión que afecta a una entidad: a) Cuando el alto cargo, en el ejercicio de sus propias competencias o funciones o su superior a propuesta de él o los titulares de sus órganos dependientes, por delegación o sustitución, suscriba un informe preceptivo, una resolución administrativa o un acto equivalente sometido al Derecho Privado en relación con la empresa o entidad de que se trate. b) Cuando hubiera intervenido, mediante su voto o la presentación de la propuesta correspondiente, en sesiones de órganos colegiados en las que se hubiera adoptado la decisión en relación con la empresa o entidad”.

Después de explicar en el punto cuarto que pueden volver a la empresa de la que procedían sin incurrir en incompatibilidad, añade en el punto quinto que “durante el período de dos años a que se refiere el apartado 1, los altos cargos no podrán celebrar por sí mismos o a través de entidades participadas por ellos directa o indirectamente en más del diez por ciento, contratos de asistencia técnica, de servicios o similares con la Administración Pública en la que hubieran prestado servicios, directamente o mediante empresas contratistas o subcontratistas, siempre que guarden relación directa con las funciones que el alto cargo ejercía. Las entidades en las que presten servicios deberán adoptar durante el plazo indicado procedimientos de prevención y detección de situaciones de conflicto de intereses”. Además, en esos dos años, les obliga a informar a la Oficina de Conflictos de Intereses sobre las actividades que vayan a realizar. Desde que se promulgó el precepto no se ha registrado un solo conflicto de intereses.

Este periodo de inactividad, generalmente de dos años, es observado por las principales industrias mundiales y muy especialmente en el altamente competitivo mundo de la automoción, donde los altos directivos se ven obligados a respetar un parón de 24 meses antes de poder ser contratados por otro grupo automovilístico, ya que se considera que los proyectos de futuro en los que hubiese podido participar durante el ejercicio de su anterior cargo, ya han perdido vigencia y no da una ventaja desleal a su nuevo patrono. A cambio, los afectados reciben sustanciosas indemnizaciones al dejar su puesto de trabajo. Este período de inactividad es también conocido como permiso de jardinería, gardening leave.

La ley de “puertas giratorias” no logra frenar el trasiego de altos cargos al sector privado

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